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PENSIÓN ALIMENTICIA

PENSIÓN ALIMENTICIA

PENSIÓN ALIMENTICIA

Las personas involucradas en procesos de pensión alimenticia en Panamá, casi a diario nos preguntan sí la pensión fijada por el Juez es justa o si la otra parte pudiera hacer un mayor “sacrificio”; al respecto debemos advertir que la pregunta no es tan sencilla, pues en este tema entran en juego un número plural de elementos y factores que son necesarios tomar en cuenta para poder llegar a una conclusión.

En primer lugar debemos indicar que en nuestra legislación el vocablo “alimentos” no se restringe a la materia comestible sino que este se hace extensivo a otros rubros como vestido, vivienda, la asistencia médica y odontológica, la recreación, la educación y cualquier otro insumo análogo que propenda a la cobertura de las necesidades más sentidas e inmediatas de los beneficiarios.

En ese orden de ideas, tenemos que el tema de las Pensión Alimenticia en Panamá se encuentra regulado por medio de la Ley 42 de 2012, “Ley General de Pensión Alimenticia”. Dentro de los puntos más relevantes de esta Ley tenemos que según lo normado en sus artículos 1 y 5 de la misma nos señala que la pensión alimenticia debe ser proporcional al caudal o medio de quien las da y a las necesidades de quien las recibe, así como la edad de los beneficiarios.

Frente a lo anterior debemos indicar que para garantizar un óptimo desarrollo físico, psíquico o espiritual de unos niños se podrían exigir recursos económicos infinitos. Es por eso que consideramos que la cuantía a proporcionar debe detenerse, hasta donde lleguen las posibilidades económicas del obligado, de esta forma se garantizaría la armonía entre las necesidades alimenticias de los niños, con el caudal económico de quien ha de satisfacerlas.

En ESPECIALISTAS EN DERECHO DE FAMILIA, comprendemos a cabalidad la trascendencia e importancia de la pensión alimenticia, razón por la cual procuramos ofrecer una asesoría integral a nuestros clientes, brindando un análisis real y certero sobre el caso así como de las posibilidades que tiene la pretensión del solicitante. Ofrecemos de igual manera asesoría técnica multidisciplinaria a fin de obtener la comprobación de hechos o datos que constituyen el supuesto de hecho de las normas que le son favorables a nuestros clientes.

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