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RESTITUCION INTERNACIONAL-CONVENIO SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE LA SUSTRACCÓN INTERNACIONAL DE MENORES, hecho en La Haya, el 25 de octubre de 1980

RESTITUCION INTERNACIONAL-CONVENIO SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE LA SUSTRACCÓN INTERNACIONAL DE MENORES, hecho en La Haya, el 25 de octubre de 1980

RESTITUCION INTERNACIONAL-CONVENIO SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE LA SUSTRACCÓN INTERNACIONAL DE MENORES, hecho en La Haya, el 25 de octubre de 1980

Un tema muy técnico y complejo es el referente a la restitución inmediata de los menores trasladados o retenidos de manera ilícita en cualquiera de los estados contratantes del CONVENIO SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE LA SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES. Panamá, por medio de la Ley 22 de 1993 aprobó en todas sus partes el precitado convenio, obligándose a cumplirlo en caso de presentarse un traslado o retención ilícita de un menor de edad con otro estado suscriptor de dicho convenio.

Cabe destacar que el Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de La Haya de 1980, nos indica que tanto las autoridades judiciales como las administrativas de los estados contratantes, han de actuar con urgencia en los procedimientos para la restitución de menores; teniendo los nacionales de los estados firmantes y las personas que residen habitualmente en esos estados, derecho a la asistencia judicial y al asesoramiento jurídico.

Siendo ese el panorama, en ESPECIALISTAS EN DERECHO DE FAMILIA, contamos con abogados con experiencia en este tipo de casos, teniendo la oportunidad de llevar a cabo solicitudes de Restitución Internacional con diversos estados contratantes de América Latina, Europa e Israel, por lo cual si usted considera que se ha producido un traslado o una retención Internacional de un menor de edad, no dude en contactarnos a fin de asesorarle cumpliendo con nuestra obligación de emplear todos nuestros conocimientos a su favor.

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